Este documento presenta:
Un análisis conceptual general referente a la forma como usualmente se define el cese al fuego y el cese de hostilidades.
Un par de experiencias internacionales que permiten ejemplificar algunos de los aspectos conceptuales abordados.
Algunos escenarios nacionales de cese al fuego materializados durante diferentes procesos de negociación.
Un breve análisis de la concepción de esta guerrilla frente al tema a lo largo de su historia.
La revisión de algunas de las posiciones esgrimidas desde diferentes sectores respecto a cómo debe abordarse este tema de cara al proceso de paz actual.
El cese al fuego y de hostilidades es un asunto procedimental que resulta de vital importancia frente a la posibilidad de darle un cierre efectivo y expedito al proceso de paz.
Entre las conclusiones de este ejercicio están:
No existe un concepto único y generalizado que aluda a la suspensión de las acciones armadas en un conflicto armado. Este proceso suele ser descrito a partir de diferentes etiquetas tales como tregua, cese al fuego, cese de hostilidades, alto al fuego, armisticio, etc., que son utilizadas regularmente de acuerdo con los intereses de las partes involucradas, las características de la confrontación y los momentos y actores involucrados dentro de un escenario de conflicto o negociación. A pesar de esto, en la práctica los acuerdos de interrupción del acontecer bélico casi en todos los casos tienen en cuenta aspectos relacionados con actos prohibidos, separación, repliegue y/o acuartelamiento de tropas y con la verificación de cumplimiento de los compromisos.
Experiencias como la de Angola y Nepal demuestran lo diversas que pueden ser las declaraciones de alto al fuego de acuerdo con las particularidades de la confrontación. En el primero, este no solo resultó de los acuerdos de paz que se firmaron al final de la primera negociación (Bicesse, 1991) sino que incluyeron aspectos muy puntuales con cronogramas y calendarios concretos, referidos a los actos prohibidos, los procedimientos de separación de tropas y la verificación. Pese a que este primer acuerdo fue trasgredido en dos oportunidades, al final el acuerdo general de paz contempló las mismas disposiciones con relación a la suspensión de las hostilidades. A diferencia del anterior, en el caso de Nepal no solo hubo una declaración de cese al fuego sino tres y en diferentes momentos. Los dos primeros fueron temporales, uno fue interrumpido por falta de confianza mutua entre las partes, el segundo se tomó como medida para facilitar los diálogos y el tercero fue el definitivo. En este caso también se especificaron actos prohibidos y mecanismos de verificación internacional.
De los procesos de diálogo que se han llevado a cabo en Colombia desde los ochenta, en casi todos se incluyó el tema de cese al fuego y de hostilidades si bien solo algunos desembocaron en acuerdos de paz. En el proceso Betancur-FARC la declaración fue bilateral y se dio como resultado de los acuerdos de La Uribe; en los procesos Barco-M-19 y Gaviria-(EPL-QL-PRT) la declaración fue bilateral y se dio como condición para iniciar los diálogos; en el proceso Pastrana-FARC hubo un cese del fuego inicial no formal enmarcado en la Zona de Distensión, y en el proceso Uribe-AUC hubo un acuerdo inicial y en apariencia definitivo. Aunque en el proceso Gaviria-CNGSB hubo intercambio de propuestas, estas nunca lograron concretarse. Cabe señalar que de los cinco procesos en los que sí hubo acuerdos de cese del fuego y de hostilidades, en dos la violación de los compromisos, la persistencia de la violencia y la falta de confianza terminaron por interrumpir los diálogos, tal es el caso del proceso Betancur-FARC y Pastrana-FARC. Los otros tres lograron satisfactoriamente su cometido, propiciando el desarme, desmovilización y reinserción de los grupos guerrilleros. En los procesos Betancur-FARC, Barco-M-19 y Gaviria-(EPL-QL-PRT) se contemplaron mecanismos de verificación por medio de comisiones conjuntas integradas por las partes mientras en el proceso con las AUC se encomendó formalmente esta tarea a un organismo internacional.
En los tres procesos de diálogo en los que participó las FARC (Betancur-Gaviria-Pastrana), la agrupación guerrillera incluyó dentro de su agenda el tema del cese al fuego y de hostilidades referido a seis aspectos fundamentales: 1) como condición previa al inicio de las conversaciones, 2) de carácter bilateral, 3) temporal y con posibilidad de prórroga, 4) verificable por medio de comisiones conjuntas de las partes, 5) ofensivo más no defensivo y sustentado en el principio de “legitima defensa”, y 6) con despeje de territorios.
En el proceso actual, el debate ha abordado aspectos referentes al momento en el que deberían adoptarse medidas de cese al fuego, con posiciones encontradas entre quienes apoyan que se siga negociando en medio de la confrontación para evitar que una suspensión vuelva a ser utilizada tácticamente por la guerrilla para reacomodarse como ocurrió en el pasado, o que la suspensión se convierta en el tema sustantivo de la negociación. Hay quienes consideran que el cese al fuego debe hacerse mientras avanzan las conversaciones para generar confianza entre las partes y quienes sugieren hacerlo de manera paulatina (“desescalar”). Igualmente se ha discutido la importancia de aclarar el significado y alcance de las acciones que deben prohibirse y la intencionalidad de las partes. Frente a este último aspecto se han esgrimido diversas opiniones a propósito de la tegua unilateral decretada por las FARC a finales de 2012, que para algunos fue un acto de voluntad de paz y para otros simplemente una forma de recuperarse militarmente.